Las acciones inespecíficas derivadas del uso de las aguas mineromedicinales por la vía tópica son:
Generales, ya que todo tratamiento crenoterápico puede considerarse como una pequeña agresión y, por tanto, capaz de provocar una respuesta de defensa de
efectos controlados beneficiosos.
Efecto psicótropo y/o placebo, que se manifiesta fundamentalmente como respuesta de tipo neurocortical determinada por las aplicaciones frías o calientes, que
se traducen en sensaciones de estímulo o sedación y, además, en la sugestión o placebo que supone todo tratamiento crenoterápico, es decir, “toda representación lleva en sí la tendencia a su realización”, dándose en el balneario las mejores condiciones para alcanzar todas las influencias rituales, como sucedía en las técnicas terapéuticas de la antigüedad.
Reacciones anormales, pues, como cualquier agente terapéutico, las aguas mineromedicinales pueden provocar respuestas anormales o excesivas, cuyo máximo exponente es la denominada “crisis termal”, es decir, aquellos episodios más o menos prolongados y de intensidad variable que se presentan del 5º al 6º día de iniciar el
tratamiento, con una sintomatología general común y manifestaciones locales características para cada establecimiento balneario, en relación con el tipo de agua y el padecimiento de los enfermos. La evolución está desprovista de gravedad y desaparecen al interrumpir la cura.